miércoles, 19 de noviembre de 2008

LEY GENERAL DE EDUCACION

Artículos mas destacados sobre la aducación de los pequeños.

Artículo 13:

1. La educación preescolar tiene como objetivo fundamental el desarrollo armónico de la personalidad del niño.
2. La educación preescolar, que tiene carácter voluntario, comprende hasta los cinco años de edad y está dividida en dos etapas, que se desarrollarán:
a) En el Jardín de la Infancia, para niños de dos y tres años, la formación, aunque estará originada sistemáticamente, tendrá un carácter semejante a la vida del hogar.
b) En la Escuela de párvulos para niños de cuatro y cinco años, la formación tenderá a promover las virtualidades del niño.
3. En los Centros estatales, la educación preescolar será gratuita y podrá serlo también en los Centros no estatales que soliciten voluntariamente el concierto.

Artículo 14:

1. La educación preescolar comprende juegos, actividades de lenguaje, incluida, en su caso, la lengua nativa ,expresión rítmica y plástica, observación de la naturaleza, ejercicios lógicos y prenuméricos, desarrollo del sentido comunitario, principios religiosos y actitudes morales.
2. Los métodos serán predominantemente activos para lograr el desarrollo de la espontaneidad, la creatividad y la responsabilidad.

Artículo 109: Al profesorado de Educación General Básica competente

1. Dirigir la formación integral y armónica de la personalidad del niño y del adolescente en las respectivas etapas en que se le confían, de acuerdo con el espíritu y normas que para el desarrollo de las mismas se establecen en la presente Ley.
2. Adaptar a las condiciones peculiares de su clase el desarrollo de los programas escolares y utilizar los métodos que consideren más útiles y aceptables para sus alumnos, así como los textos y el material de enseñanza, dentro de las normas generales dictadas por el Ministerio de Educación y Ciencia.
3. Organizar actividades extraescolares en beneficio de los alumnos, así como actividades de promoción cultural en favor de los adultos.
4. Cooperar con la dirección y Profesores de la Escuela respectiva en la programación y realización de sus actividades.
5. Mantener una estrecha relación con las familias de sus alumnos, informándoles sistemáticamente de su proceso educativo.
6. Participar en los cursos y actividades de perfeccionamiento que organicen para ellos los servicios competentes.

No hay comentarios: